Convertir tus bitcoins a euros de forma eficiente y cumpliendo con la normativa europea requiere conocer las opciones de retiros SEPA, las tarjetas vinculadas a criptomonedas y las obligaciones fiscales. A lo largo de este artículo examinaremos en profundidad cada uno de estos aspectos para que puedas optimizar costes, tiempos y cumplir con Hacienda.
Retiros SEPA
La transferencia SEPA (Single Euro Payments Area) es el método más extendido para retirar euros desde plataformas de intercambio de criptomonedas hacia tu cuenta bancaria en la zona euro. Ofrece seguridad y costes competitivos, aunque varía según el proveedor.
Ventajas de SEPA
Bajos costes: generalmente entre 0,5 € y 5 € por operación.
Rápido: entre 24 y 72 horas laborables.
Normativa clara: sujeta a la regulación PSD2 y supervisión del Banco Central Europeo.
Proceso paso a paso
1. Verificar tu cuenta: completa KYC (con documento de identidad y comprobante de domicilio).
2. Iniciar la venta de BTC: elige cantidad, tipo de orden (market o limit) y confirma.
3. Solicitar retirada SEPA: añade tu IBAN y nombre titular de la cuenta bancaria.
4. Confirmar y esperar: revisa comisiones antes de aceptar y aguarda la ejecución.
Comisiones y tiempos
Plataforma |
Comisión SEPA |
Tiempo estimado |
Binance |
1 € |
1–3 días laborables |
Coinbase |
0,15 % (mín. 0,55 €) |
1–2 días |
Kraken |
0,09 % (mín. 5 €) |
1–5 días |
Tarjetas vinculadas a criptomonedas
Las tarjetas de débito/crédito respaldadas por criptomonedas permiten gastar bitcoin directamente o tras conversión automática a euros. Son útiles para pagos en comercios físicos y online.
Tipos de tarjetas
Prepago: cargas saldo en BTC o en euros antes de usarla.
Revolving: funcionan como crédito, pero convierten BTC al momento de la compra.
Virtuales: sólo para pagos online, sin tarjeta física.
Costes y límites
Emisión: de 0 € a 15 €.
Mantenimiento mensual: entre 0 € y 5 €.
Comisión por conversión: 0,5 % a 3 % por transacción.
Límites: suelen ser 10 000 €/mes para consumo y 1 000 €/día en cajeros.
Proceso de emisión
1. Registro y KYC: valida tu identidad.
2. Vinculación de BTC: conecta tu wallet o compra BTC en la propia plataforma.
3. Solicita la tarjeta: física o virtual según disponibilidad.
4. Actívala y carga saldo: ya sea en BTC o en euros.
Fiscalidad y obligaciones
En España la venta de bitcoin se considera una transmisión patrimonial sujeta a plusvalías. Debes declarar las ganancias o pérdidas en tu IRPF y, en su caso, anticipar retenciones.
Modelo de declaración
IRPF (Anexo D): declara plusvalías en la Base del Ahorro.
Modelo 721: para criptoactivos en el extranjero, si superan 50 000 €.
Modelo 115/111: sólo si aplican retenciones por servicios de custodia.
Cálculo de la ganancia o pérdida
La plusvalía se calcula como:
Precio de venta – Precio de adquisición – Gastos asociados (comisiones, fees de red, etc.)
Ejemplo práctico
Compra: 0,5 BTC a 30 000 €/BTC = 15 000 € (comisión 50 €).
Venta: 0,5 BTC a 40 000 €/BTC = 20 000 € (comisión 60 €).
Plusvalía: 20 000 € – 15 000 € – 110 € = 4 890 €.
Tramo IRPF: 19 % hasta 6 000 €, 21 % entre 6 000 € y 50 000 €.
Plazos y sanciones
Declaración anual: entre abril y junio del año siguiente.
Periodo de prescripción: 4 años desde la fecha de la operación.
Recargos: del 5 % al 20 % por presentación fuera de plazo.
Para más información sobre regulaciones y modelos, visita la web de la Agencia Tributaria: www.agenciatributaria.es.