Modelo 720 y criptomonedas: cuándo aplica y cómo prepararte (España):


Modelo 720 y criptomonedas: cuándo aplica y cómo prepararte

El Modelo 720 es la declaración informativa de bienes y derechos situada en el extranjero que, en ciertos casos, deben presentar los residentes fiscales en España. Con la explosión del mercado de las criptomonedas, surgen dudas sobre si estos activos digitales deben incluirse en el Modelo 720 y en qué circunstancias.

1. ¿Qué es el Modelo 720?

El Modelo 720 es una declaración informativa que exige la Agencia Tributaria española a los contribuyentes residentes en España cuando superan determinados umbrales en alguno de los siguientes bloques:
  • Bienes inmuebles situados fuera de España.
  • Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero.
  • Cuenta(s) bancaria(s) mantenida(s) en el extranjero.
  • 2. ¿Dónde encajan las criptomonedas?

    Las criptomonedas no tienen una regulación específica dentro del Modelo 720, pero la Dirección General de Tributos ha aclarado que pueden incluirse en:
  • Valores y derechos: siempre que se mantengan en plataformas de intercambio o carteras (wallets) custodiadas por terceros fuera de España.
  • Cuentas bancarias: si la criptomoneda está guardada en una cuenta o monedero institucional en el extranjero.
  • 2.1 Umbrales de declaración

    Bloque Umbral
    Bienes inmuebles Valor conjunto > 50.000 €
    Valores y derechos Valor conjunto > 50.000 €
    Cuentas bancarias Saldo conjunto > 50.000 €
    Si en el año anterior el valor declarado en un bloque ya superó 50.000 € y no se redujo por debajo del umbral, no es necesario volver a declarar ese bloque salvo que incrementes el importe en más de 20.000 €.

    3. ¿Cuándo aplica el Modelo 720 a las criptomonedas?

  • Cuando las carteras o exchanges custodiados por terceros estén localizados fuera de España y superen el umbral de 50.000 €.
  • Si al 31 de diciembre de cada año tu patrimonio en criptomonedas en el extranjero supera los 50.000 €.
  • Siempre que seas residente fiscal en España y no estés exento por algún convenio de doble imposición.
  • 4. Sanciones por incumplimiento

    La falta de presentación, la presentación extemporánea o la presentación con datos incompletos pueden derivar en:
  • Multas fijas: 5.000 € por dato o conjunto de datos omitido, con un mínimo de 10.000 €.
  • Multas diarias: 100 € diarios hasta un máximo de 1.500 € si se subsana tras requerimiento.
  • Recargos e intereses de demora si hay regularización de cuotas por ventas de criptomonedas no declaradas.
  • 5. Cómo prepararte para presentar el Modelo 720 con criptomonedas

  • Inventario de cuentas y monederos: identifica direcciones de wallets y plataformas de intercambio extranjeras.
  • Valoración precisa: calcula el valor de tus criptomonedas al 31 de diciembre en euros, usando fuentes oficiales (CoinMarketCap, Exchange).
  • Documentación de respaldo: descarga extractos o informes de la plataforma que acrediten saldo y titularidad.
  • Revisión anual: haz seguimiento de saldos y actualiza el valor en cada ejercicio para detectar si superas el umbral.
  • Asesoramiento especializado: consulta con un asesor fiscal experto en criptomonedas y Modelo 720.
  • 5.1 Pasos para la presentación telemática

  • Accede al portal de la Agencia Tributaria (agenciatributaria.es).
  • Identifícate con certificado digital, DNIe o Cl@ve PIN.
  • Selecciona el formulario Modelo 720 y cumpla los apartados de “Valores y derechos” o “Cuentas bancarias”.
  • Introduce los datos de cada wallet o cuenta: país, entidad custodio, saldo en moneda virtual y valor convertido.
  • Envía y guarda el justificante de presentación.
  • 6. Preguntas frecuentes

  • ¿Las criptomonedas en monederos físicos (hardware wallets) cuentan?
  • Solo si el dispositivo lo custodia un tercero en el extranjero. Las que guardes en casa no se declaran en el Modelo 720.
  • ¿Y las plataformas ubicadas en España?
  • No requieren declaración en el Modelo 720, aunque tendrás que incluir las ganancias en tu IRPF.
  • ¿Puedo solicitar prórroga?
  • No existe prórroga específica para el Modelo 720 el plazo suele ser del 1 de enero al 31 de marzo siguiente al año fiscal.
  • Conclusión

    Para los poseedores de criptomonedas es esencial entender que, aunque no exista un epígrafe específico, pueden encajar en los bloques de “Valores y derechos” o “Cuentas bancarias” del Modelo 720. Llevar un control riguroso de saldos, valores y documentación te ayudará a cumplir con tus obligaciones y evitar sanciones.

    Leave a Reply

    Your email address will not be published. Required fields are marked *